Actualizado: 12 de julio de 2026 · SNZ Legal Group, Zapopan, Jal.
Respuesta corta: la ley no marca un porcentaje fijo. El juez determina el monto bajo el principio de proporcionalidad (Código Civil, art. 311): pondera lo que puede pagar quien debe los alimentos y lo que necesita quien los recibe. En la práctica, los tribunales suelen fijar entre el 15% y 20% del ingreso neto por cada hijo cuando hay ingresos medios, pero es una referencia, no una regla automática. Los alimentos son de orden público e irrenunciables, y el derecho a recibirlos no se pierde mientras exista la necesidad.
Calcular mi caso gratis con Inés →Chat gratis · confidencial · el diagnóstico formal lo firma un abogadoInés explica cómo se fija la pensión alimenticia y qué hacer si no la pagan.
Qué cubre la pensión (no es solo comida)
En Jalisco, el concepto legal de alimentos es amplio e incluye: comida, vestido, habitación, asistencia para la salud (consultas, medicamentos, hospital), gastos de educación y los medios para que el acreedor aprenda un oficio o profesión, la atención de sus necesidades afectivas y de sano esparcimiento y, en su caso, gastos funerarios. Por eso el monto se calcula sobre el conjunto, no solo sobre "la mensualidad".
¿Quién tiene derecho a recibirla?
Hijos menores de edad (el caso más común).
Hijos mayores que estudian y no se han casado, mientras siga la carrera con normalidad.
Personas con discapacidad o que no pueden proveerse sustento.
El cónyuge o concubino que se dedicó a las labores del hogar o al cuidado de los hijos.
Si no le pagan: la pensión se puede asegurar (descuento directo por nómina, garantía, embargo) y su incumplimiento tiene consecuencias legales. Reúna comprobantes de ingresos de la contraparte y de los gastos de los hijos; el abogado le dice la vía exacta en su diagnóstico.
Cómo saber cuánto le toca en SU caso
El monto real depende de los ingresos comprobables del deudor, el número de acreedores, los gastos reales de los hijos y su entidad. Cuéntele su caso a Inés, la asesora legal en línea de SNZ: la orientación es gratis, y si quiere el cálculo y la estrategia por escrito, el Diagnóstico Exprés ($500 MXN) lo revisa y firma un abogado familiar el mismo día hábil — y se acredita a honorarios si contrata. Vea también la página de asesoría legal familiar en línea.
Preguntas frecuentes
¿La ley dice un porcentaje exacto?
No. El artículo 311 del Código Civil establece el principio de proporcionalidad, no un porcentaje. El juez lo fija según el caso; en la práctica suele rondar 15%–20% del ingreso neto por hijo, pero el abogado confirma la referencia aplicable a su entidad y situación.
¿Puedo pedir que le descuenten la pensión de su sueldo?
Sí, es una de las formas de asegurar el pago. El juez puede ordenar el descuento directo al patrón. El abogado le indica cómo solicitarlo en su diagnóstico.
¿Se puede renunciar a la pensión alimenticia?
No. El derecho a los alimentos es irrenunciable y de orden público; un acuerdo que "renuncie" a ellos en perjuicio de un menor no es válido.
¿Hasta cuándo se paga a un hijo?
Generalmente hasta la mayoría de edad, y puede extenderse si el hijo estudia y no se ha casado, o de forma indefinida en caso de discapacidad. El abogado confirma el alcance en su caso.